El colectivo de ‘indignados’ anunció antes de conocer la decisión que mantendría su acampada y sus concentraciones diarias hasta el día de las elecciones
Rubalcaba y los sindicatos policiales aseguran que haber disuelto la concentración habría "sido un disparate"
20.05.11 - 07:32 -
La Verdad
La Junta Electoral Central, después de casi ocho horas de debate, acordó prohibir al Movimiento 15M que continúe con sus protestas callejeras durante la jornada de reflexión y en el día de las elecciones municipales y autonómicas. El órgano, totalmente dividido sobre el tema y por la mínima, acordó que las “concentraciones y reuniones” que este colectivo pudiese realizar en la vía pública a partir de las cero horas del sábado y hasta las 24 del domingo 22 de mayo son “contrarias a la legislación electoral” y por lo tanto deben de ser proscritas.
El tribunal ordena dar traslado de su resolución a todas las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno para que den a las fuerzas de seguridad del Estado las Instrucciones necesarias para que se cumpla su resolución. De la literalidad del fallo de la Junta Electoral sólo cabe deducir que el Movimiento 15M no sólo no podrá realizar concentraciones los días 21 y 22 de mayo sino que además deberá de haber desalojado los campamentos instalados en la Puerta del Sol y en las demás plazas y jardines de casi 70 ciudades de toda la geografía española antes de las doce de la noche del viernes 20, momento en el que termina la campaña electoral y comienza el día de reflexión.
Los juristas indican que en la jornada de reflexión está prohibido realizar cualquier acto de propaganda y que el día de las votaciones además se prohíbe formar grupos que puedan entorpecer el derecho al sufragio. La junta indica que sin prejuzgar a los convocantes su pretensión de dirigir el voto a determinadas opciones o de recomendar su no ejercicio excedería lo previsto en la ley electoral. Los portavoces del Movimiento 15-M, desde hoy autodenominado ‘Toma la plaza’, acordaron hoy en sus asambleas continuar con las acampadas en toda España hasta el mismo día de las elecciones municipales y autonómicas y celebrar también el sábado su concentración diaria, la de las ocho de la noche, aunque sea jornada de reflexión. Aseguraron que mantendrán su decisión diga lo que diga al respecto la Junta Electoral Central.
Una vez conocida la decisión de la Junta Electoral Central, los congregados frente a la sede de la Comunidad de Madrid, que suman ya su cuarto día, han aumentado su repertorio de consignas y cánticos al ritmo de "Insumisión, insumisión" nada más conocerse la resolución. Los distintos portavoces de los grupos que componen el movimiento han decidio reunirse durante más de dos horas a escasos metros de la Plaza de Sol, concretamente en la calle del Carmen. Una vez han deliberado, dos de sus portavoces han declarado que no convocan de forma "oficial" la manifestación, "Invitamos a la sociedad a ejercer el derecho de reflexión sin influir en la intención de voto, sin hace mención a la intención de voto ni a ningún partido político", ha asegurado Noelia Moreno. Por su parte, Alejandro Andreo, otros de los representantes ha querido recordar "que es una concentración apolítica", que no apoyan a ninguna formación. "Cada uno debe reflexionar individualmente", ha asegurado.
Otro de los mensajes que han querido transmitir es que aunque el movimiento naciese en Madrid, ahora pertenece a múltilples ciudades y por ello han pedido paciencia a la hora de tomar las decisiones, ya que se pueden demorar porque dependen de varias asambleas. El movimiento no se ha expandido solo por España sino que ya son varias capitales internacionales las que han vivido protestas ante las embajadas.
Pendientes de la decisión
Todas las autoridades electorales y políticas del país han estado pendientes de conocer el criterio de la junta central para saber cómo actuar en los tres próximos días. Las juntas electorales provinciales y de zona porque el miércoles pasado emitieron resoluciones divergentes en respuesta a la pregunta sobre si debían prohibirse o no las concentraciones diarias que realizan los acampados e incluso si debían desmontarse o no sus asentamientos en mitad de la vía pública, por lo que precisaban de una unificación de doctrina del órgano superior.
Los órganos de Madrid, Sevilla o Granada optaron por prohibir las protestas de los indignados porque entendían que vulneraban la ley al influir en la campaña electoral y, en el caso de la capital de España, porque además creía que no habían solicitado la autorización administrativa para concentrarse en la Puerta del Sol con los diez días de antelación que exige la norma. En cambio, la junta de Valencia no vio problema alguno en permitir la concentración. El órgano madrileño ratificó el jueves la decisión que su presidente había tomado el día anterior en solitario.
En similar indefinición estaban todas las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, que son las responsables directas del orden público y por tanto el órgano político que debe decidir si la Policía tiene que permitir o disolver las movilizaciones. La preocupación se extendía a los delegados de toda España porque para el jueves las acampadas ya eran una realidad en 64 ciudades de todas las comunidades. De hecho, la Abogacía del Estado, a petición del Ministerio del Interior, había hecho una consulta específica a la junta central, al igual que la Generalitat de Cataluña, que administra las competencias de orden público en ese territorio.
Disolverla, "un disparate"
El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, explicó hoy por qué la policía no actuó el miércoles para disolver las concentraciones prohibidas en Madrid y en otras capitales por las juntas locales. “La Policía está para resolver problemas, no para crearlos”, señaló en su visita a Lorca. Dijo que las actuaciones policiales siempre tienen que ser “congruentes, oportunas y proporcionadas”. Los dos principales sindicatos policiales, SUP y CEP, dieron la razón al ministro e indicaron que hubiese sido un “disparate” disolver por la fuerza una manifestación pacífica porque hubiesen causado “un daño mayor”. No tienen duda de que, como resultado, se hubiesen registrado “incidentes y heridos”.
El debate también se trasladó a los partidos políticos. El PSOE, IU, BNG y UPyD se pronunciaron abiertamente porque las autoridades electorales permitiesen al Movimiento 15-M continuar con sus acampadas hasta el domingo e, incluso, no pusieron peros en que realizase concentraciones durante la jornada de reflexión. El matiz es que los socialistas aclararon que, en cualquier caso, acatarían, les gustase o no, la decisión de la Junta Electoral Central mientras que IU, según explicó su coordinador, Cayo Lara, llamó a la insumisión ciudadana si optaba por prohibir las protestas de los acampados, ya que entiende que sería la declaración de “un estado de excepción encubierto”. El PP prefirió no mojarse y se limitó a decir que le parecía bien lo que decidiese la junta central.
Durante la jornada fueron varios los precedentes jurídicos manejados para tratar de anticipar la decisión de la junta central. Los favorables a permitir las protestas esgrimieron una sentencia de noviembre de 2010 del Tribunal Constitucional, que resolvió que el tribunal superior de Andalucía actuó de forma incorrecta en febrero de 2008, cuando prohibió una manifestación por el Día de la Mujer en la jornada de reflexión de las elecciones generales y autonómicas andaluzas. Señaló que “el derecho de reunión y manifestación debe prevalecer salvo que resulte suficientemente acreditado que la finalidad de la convocatoria sea la captación de votos”. Añadió que para prohibir estos actos debe haber razones “fundadas y meritorias” del “carácter electoral de la manifestación” y que no vale alegar una influencia “indirecta”.Por el contrario, los críticos esgrimieron la resolución de la junta central dictada el 13 de marzo de 2004, para salir al paso de las concentraciones ante las sedes del PP de personas que acusaban al Gobierno de mentir sobre la autoría de los atentados del 11-M. El órgano señaló que eran contrarias a la ley electoral.
Hasta 1000 euros de multa, según los juristas
Aquellos manifestantes que decidan no acatar la orden de la Junta Electoral Central y se concentren a pesar de la prohibición cometerían un infracción electoral de tipo administrativo que está castigada con multas de entre 100 y 1.000 euros, según la opinión de distintos juristas consultados por Europa Press.
Los expertos apuntan a que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) prevé en su artículo 153 que "cualquier infracción de las normas obligatorias establecidas que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente" y establece para los particulares multas de entre 100 y 1.000 euros.
Así, en opinión del magistrado Joaquín González Casso, miembro de la junta directiva de la asociación de jueces Francisco de Vitoria, la sanción podría ser impuesta "en teoría" a cualquier persona que no acate la decisión de la Junta Electoral y no únicamente a los organizadores de la protesta.
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