Imputa a un cabo de la Policía Local por promover la prostitución y no ve indicios contra otro municipal y dos agentes de la Comisaría
25.05.10 - 02:15 -
JOSÉ ALBERTO GONZÁLEZ CARTAGENA. / La Verdad
Un «no» y tres «síes». Eso es lo que ha venido a contestar la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Cartagena a las peticiones de varios abogados de retirar los cargos delictivos imputados a los dos policías locales y los dos nacionales que fueron detenidos en marzo de 2007 como presuntos integrantes de una red dedicada a la explotación de prostitutas en burdeles de la comarca de Cartagena. La juez ha procesado a uno de los agentes municipales, el cabo Rafael P. C., a quien imputa un delito relativo a la prostitución y otro de omisión del deber de impedir delitos; y, por falta de indicios, ha retirado todos los cargos que pesaban contra el policía local Manuel L. P. y los policías de la Comisaría Juan Z.S. y José T. R.
En un auto de procesamiento al que ha tenido acceso 'La Verdad', la instructora relata la presunta participación de trece personas (doce hombres y una mujer) en un negocio ilegal que incluía el traslado a España con engaños de inmigrantes suramericanas y del Este de Europa y su explotación sexual y laboral bajo coacciones, agresiones y amenazas en Cartagena, Torre Pacheco, Fuente Álamo y Cuenca.
Los policías fueron arrestados en el marco de una operación policial vinculada con el asesinato a tiros, la noche del sábado 17 de febrero de 2007, de un joven de 27 años en el prostíbulo Hotel Glamour, de Pozo Estrecho. Las pesquisas llevaron a detener a treinta y dos personas, incluidas las meretrices.
Líder sindicalista
Tras analizar grabaciones telefónicas, testimonios ofrecidos por las prostitutas que se acogieron a un programa de protección de testigos y otros medios de prueba aportados por la Policía y las partes, la jueza ha decidido que no hay elementos suficientes como para interrogar a los policías Manuel L. P., de quien según fuentes de la investigación se llegó a pensar que tenía información sobre el crimen y no la facilitó por su relación con la trama de prostitución; y Juan Z.S. y José T. R., por consentir la violación de los derechos de las mujeres a pesar de conocer la situación por su pertenencia a la Brigada de Extranjería de la Comisaría (el primero de ellos en calidad de jefe).
La imputación de estos tres agentes causó un gran impacto por ser funcionarios, por los delitos que les atribuían y porque en el caso de Manuel y José eran delegados sindicales de Csif y Sup, respectivamente.
En todo caso, el mayor revuelo fue por el cabo Rafael P. C., dada su popularidad como líder de UGT en el Ayuntamiento. Al igual que al delegado del Csif (quien se ha reincorporado a su cargo con su hoja de servicios sin mancha), al cabo los responsables municipales lo suspendieron de inmediato de empleo y sueldo y le abrieron expediente.
Este último será el único agente que, al final, deberá prestar declaración ante la jueza para aclarar si es cierto que no sólo incumplió su deber policial de impedir los abusos sino que sacó tajada de ello.
Así, en su exposición de los hechos sometidos a la instrucción (una fase que terminará con el escrito de acusación de la Fiscalía de cara al juicio oral) la jueza asegura que el cabo conocía la situación que se vivía en los clubes Escorpio, de la diputación fuentealamera de Balsapintada, y Glamour.
Deudas de 3.000 euros
Según el auto, sabía que en esos burdeles «se ejercía la prostitución, y que se exigía por los responsables de los mismos el abono de 'deudas' a las mujeres que permanecían en dichos establecimientos». Las deudas alcanzaban los 3.000 euros.
Además, «omitió actuación alguna en su condición de Policía Local para evitar la comisión o continuación delictiva, empleando a dichas mujeres para el ejercicio de la prostitución en domicilios de su propiedad». Junto a lo anterior, la instructora afirma que en el momento del crimen antes mencionado el agente estaba en el prostíbulo, y en vista de lo sucedido «procedió a abandonarlo, llevándose en su vehículo particular a las mujeres que aún no habían saldado 'la deuda impuesta' con el establecimiento».
Otras trece personas
Con ello, dice la jueza, evitó que esas prostitutas (no dice cuántas) «fueran descubiertas por el cuerpo policial que investigaba el homicidio». De ser juzgado y condenado por los delitos que le imputan, pasaría hasta seis años en la cárcel. Para el delito relativo a la prostitución del artículo 188.2, el Código Penal recoge penas de tres a cuatro años de reclusión, más la inhabilitación absoluta como funcionario de 6 a 12 años y una multa de 12 a 24 meses. Y el delito de omisión del deber de impedir delitos del artículo 450 está castigado con una horquilla de seis meses a dos años de prisión.
Al conjunto de los catorce procesados, la instructora les interrogará por delitos cuyas penas máximas suman 276 años de cárcel. El presunto cabecilla de la red, Pedro G. H, y otras doce personas han sido procesados por un delito relativo a la prostitución, en concurso con otro contra los derechos de los extranjeros y otro de detención ilegal.
Al supuesto líder de la trama le imputan también un delito contra la salud pública, y a otro de los procesado un delito de omisión del deber de socorro.
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